Ministerio de Ambiente, Uruguay

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Administración pública

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El Ministerio de Ambiente fue creado como Secretaría de Estado con competencias exclusivamente en materias ambientales.

Sobre nosotros

El Ministerio de Ambiente se encarga de la ejecución de la política nacional ambiental, de ordenamiento ambiental, de desarrollo sostenible y de conservación y uso de los recursos naturales que fije el Poder Ejecutivo.

Sitio web
https://www.gub.uy/ministerio-ambiente/
Sector
Administración pública
Tamaño de la empresa
De 501 a 1.000 empleados
Sede
Montevideo, Montevideo
Tipo
Agencia gubernamental
Fundación
2019
Especialidades
El Ministerio de Ambiente se encarga la formulación, ejecución, supervisión y evaluación de los planes nacionales de protección del ambiente, ordenamiento ambiental y conservación y uso de los recursos naturales, así como la instrumentación de la política nacional en la materia., Coordinar con las demás entidades públicas, nacionales, departamentales y municipales, en la ejecución de sus cometidos., Celebrar convenios con personas públicas o privadas, nacionales o extranjeras, para el cumplimiento de sus cometidos, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Ministerio de Relaciones Exteriores., Establecer relación con los organismos internacionales de su especialidad., Centralizar, organizar, compatibilizar y difundir públicamente, toda la información relacionada con el estado de situación del ambiente del país, a través del Observatorio Ambiental Nacional., Ejercer la competencia atribuida por la ley a la Dirección Nacional de Medio Ambiente (DINAMA) y a la Dirección Nacional de Aguas (DINAGUA), y las competencias en materia ambiental, de desarrollo sostenible, cambio climático, preservación, conservación y uso de los recursos naturales y ordenamiento ambiental, que las leyes le hayan atribuido al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.Tendrá competencia en general sobre toda la materia ambiental prevista en el artículo 47 de la Constitución de la República., Fomentar la conciencia ambiental de la ciudadanía, a través de procesos participativos de educación ambiental, que estimulen un compromiso inclusivo de los ciudadanos en las acciones y procedimientos destinados a asegurar un desarrollo sostenible., Ejecutar las competencias relativas a la protección ambiental, generación, manejo y gestión de residuos, referidas en la Ley N° 19.829, de 18 de setiembre de 2019, y normas concordantes y modificativas., Ejecutar las políticas públicas definidas en el Gabinete Nacional Ambiental, conjuntamente con las instituciones y organizaciones que conforman el Sistema Nacional Ambiental., Ejercer toda otra competencia que le asigne el Poder Ejecutivo en el ejercicio de su facultad de redistribuir atribuciones y competencias dispuestas por el inciso segundo del artículo 174 de la Constitución de la República. y Ejercer la potestad sancionatoria prevista en la presente ley y en las demás normas vigentes.

Ubicaciones

Empleados en Ministerio de Ambiente, Uruguay

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