#Insolvencia Sancionada la Ley 2437, por medio del cual se incorporaron como legislación permanente los Decretos 560 y 772 de 2020, expedidos durante la emergencia derivada de la pandemia. Este es un hito histórico para nuestro sistema concursal y posiciona a Colombia a la vanguardia en materia de recuperación empresarial. Con esta Ley se reincorporan en el ordenamiento jurídico colombiano mecanismos cruciales para la recuperación del tejido empresarial como resultan ser la Negociación de Emergencia de un Acuerdo de Reorganización, el Procedimiento de Recuperación Empresarial ante las Cámaras de Comercio, la Validación Judicial Expedita; así como la Reorganización Abreviada y la Liquidación Judicial Simplificada, especiales para las microempresas y pequeñas empresas. Por otra parte, se deroga permanentemente la Liquidación por Adjudicación, sin perjuicio que los procesos ya iniciados, culminen con la normatividad anterior. Susana Hidvegi Arango Paula Betancourt Jaime González Pacheco Juanita Soler Aragón #NEAR #PRES #Mipymes #Novedadlegislativa #Decretosdeemergencia
Hidvegi & Betancourt
Servicios jurídicos
Servicios de asesoría jurídica y financiera, principalmente en temas corporativos y de insolvencia empresarial.
Sobre nosotros
Nuestra firma tiene como objetivo ofrecer servicios de asesoría jurídica y financiera con los más altos estándares de calidad y de ser un aliado estratégico para las empresas en asuntos corporativos y de insolvencia empresarial, estableciendo relaciones duraderas con los clientes. Estos servicios están enfocados en ofrecer estrategias innovadoras para aquellas deudores, acreedores o financiadores que se encuentren o se proyecten en un escenario de crisis financiera propia o de un tercero, para que, a través de mecanismos privados, pre judiciales o judiciales se honren los créditos y se logre la continuidad de las empresas.
- Sector
- Servicios jurídicos
- Tamaño de la empresa
- De 2 a 10 empleados
- Sede
- Bogotá D.C.
- Tipo
- De financiación privada
- Fundación
- 2022
- Especialidades
- Insolvencia empresarial, Arbitraje nacional, Arbitraje internacional, Corporativo, Derecho Societario y Acuerdos privados
Ubicaciones
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Principal
110221
Bogotá D.C., CO
Empleados en Hidvegi & Betancourt
Actualizaciones
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#Insolvencia ¿Qué sucede cuando la infraestructura técnica del Liquidador cuenta con personal capacitado para ejecutar el objeto de un contrato puesto a consideración del Juez del Concurso? Mediante Auto 2024-01-904010 de 15 de noviembre de 2024, en el proceso de liquidación judicial de la sociedad Marketing de Colombia Marketcol S.A., el Juez del Concurso recordó que los contratos presentados al Despacho se deben enmarcar en el principio de austeridad y administración eficaz, en consecuencia sostuvo que dentro de la Infraestructura técnica del Liquidador se encontraban dos personas capacitadas para llevar a cabo las labores descritas en el en el objeto de un contrato de servicios profesionales para llevar la contabilidad de la sociedad en liquidación. Por lo tanto, objetó el contrato presentado por el auxiliar de justicia. #Liquidación #Austeridad #Eficiencia #Contabilidad #Infraestructuratécnica Paula Betancourt Susana Hidvegi Arango Jaime González Pacheco Juanita Soler Aragón
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#Insolvencia ¿Es posible continuar con la ejecución de una garantía en un Juzgado luego de confirmado el acuerdo de reorganización? Mediante Auto 2024-01-887365 de 31 de octubre de 2024, en el proceso de validación judicial de la sociedad Inverfam S.A.S. el Juez del Concurso autorizó a varios acreedores garantizados para obtener el pago preferente a través de la ejecución judicial. Para ello advirtió que el Juzgado donde cursaba el proceso ejecutivo de mayor cuantía suspendido por el inicio de proceso concursal, debía informar periódicamente sobre la ejecución y poner a disposición del Despacho los remanentes. Finalmente sostuvo que la valoración sería el aprobado en el inventario de activos. #Garantíamobiliaria #Ejecución #Juzgados Susana Hidvegi Arango Paula Betancourt Jaime González Pacheco Juanita Soler Aragón
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#Insolvencia ¿Qué sucederá con el Proyecto de Ley que buscaba convertir en legislación permanente los Decretos 560 y 772 de 2020? A continuación presentamos una infografía sobre el panorama luego de la objeción presidencia al Proyecto de Ley por inconstitucionalidad e inconveniencia. #NEAR #PRES #Pymes #DIPFinancing #Descarga #Salvamento Paula Betancourt Susana Hidvegi Arango Jaime González Pacheco Juanita Soler Aragón
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#Insolvencia ¿Desde cuando se entiende recibido un memorial por correo electrónico ante el Juez del Concurso? Mediante Auto 2024-01-850091 de 30 de septiembre de 2024, en el proceso de reorganización empresarial de Sociedad de Objeto Único Concesionaria Este Es Mi Bus S.A.S. el Juez del Concurso realizó control de legalidad y corrió traslado de una objeción que fue presentada dentro del término, pero fue recibido en en el buzón del Juez del Concurso al día siguiente. Bonus: Esta posición es similar a la adoptada por la Corte Suprema de Justicia en Tutela STC13728-2021. Paula Betancourt Susana Hidvegi Arango Claudia Torres Jaime González Pacheco #Reorganización #Objeción #Controldelegalidad #Debidoproceso
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#Insolvencia ¿El Juez del Concurso debe ordenar la transferencia de recursos de un patrimonio autónomo provenientes de facturas endosadas? Mediante Auto 2024-01-749537 de 20 de junio de 2024, en el proceso de reorganización de la sociedad Fabricato S.A., el Juez del Concurso negó la solicitud de considerar un contrato marco para la compraventa de activos a descuento como Ineficaz. El negocio jurídico consiste en que la Concursada endosa facturas a un tercero, los recursos provenientes eran depositados en un patrimonio autónomo y eran posteriormente usados para comprar cartera a la Concursada. El Juez consideró que al tratarse facturas endosadas, ya no eran activos de propiedad del Deudor y, por lo tanto, no era procedente ordenar su entrega. #Factoring #PatrimonioAutónomo #Ejecución #Universalidad Paula Betancourt Susana Hidvegi Arango Claudia Torres Jaime González Pacheco
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#Insolvencia ¿La Superintendencia de Sociedades es competente para tramitar la validación judicial de un acuerdo extrajudicial de una asociación? Mediante Auto 2024-01-685598 de 29 de julio de 2024, el Juez del Concurso sostuvo que no era competente para tramitar la validación judicial del acuerdo de recuperación empresarial suscrito por la Asociación Deportivo Cali y sus acreedores ante la Cámara de Comercio de Cali. La Superintendencia sostuvo que con la declaratoria de inexequibilidad de la prórroga de los Decretos 560 y 772 de 2020, la entidad perdió competencia para tramitar la validación de Procedimientos de Recuperación Empresarial ante las Cámaras de Comercio. Adicionalmente indicó que las asociaciones tienen un régimen de recuperación especial y están excluidas del ámbito de aplicación de la Ley 1116 de 2006. Por último, la asociación solicitó tramitar un acuerdo de reestructuración en los términos de la Ley 550 de 1999. Petición que será estudiada por la Delegatura de Supervisión Societaria. ¿Es posible tramitar la validación? ¿Quién es el competente para tramitar la validación? Paula Betancourt Susana Hidvegi Arango Claudia Torres Montaño Jaime González Pacheco #PRES #Validación #ESAL
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#Insolvencia ¿En el marco de un proceso recuperatorio de Insolvencia, es posible reconocer bienes fideicomitidos en el inventario de activos de la deudora? En audiencia contenida en Acta 2024-01-460286 de 15 de mayo de 2024, en el proceso de reorganización empresarial de la sociedad Constructora Alkarawi S.A.S. el Juez del Concurso sostuvo que el reconocimiento de bienes fideicomitidos dentro del inventario de activos de la concursada no desconoce el negocio jurídico por medio de cual se transfirió el derecho de dominio de los activos. La relación del activo dentro del inventario obedece a un ejercicio de carácter contable, y al determinar el reconocimiento de un activo el derecho real de dominio no es esencial. #Reorganización #Estadosfinancieros #Activo #Fiducia Paula Betancourt Susana Hidvegi Arango Claudia Torres Montaño Jaime González Pacheco
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#Insolvencia ¿Es razonable radicar una denuncia de incumplimiento por el no pago de gastos de administración por 7 CENTAVOS? Mediante Auto 2024-01-625585 de 8 de julio de 2024, el Juez del Concurso se pronunció sobre una denuncia de incumplimiento por gastos de administración de 7 centavos, presentada el 6 de junio. Considerando la actual congestión, se debe evitar el uso desmesurado e irresponsable de los recursos limitados de la administración de justicia. De esta manera el Juez del Concurso se ve en la necesidad de atender este tipo de requerimiento (al punto en que se han desplegado 4 actuaciones procesales, incluyendo 2 autos en menos de un mes), impidiendo el pronunciamiento sobre asuntos de mayor trascendencia. #Reorganización #Administracióndejusticia #congestión Susana Hidvegi Arango Paula Betancourt Claudia Torres Montaño Jaime González Pacheco
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#Insolvencia ¿Puede acreditarse el riesgo de deterioro luego de que se objeta el contrato de enajenación especial? Mediante Auto 2024-03-004509 de 3 de julio de 2024, en el proceso de Liquidación Judicial de la sociedad Subway Cali S.A.S., el Juez del Concurso revocó un auto al realizar una "concesión especial" en virtud de los fines esenciales de los procesos concursales, y no objetó un contrato de enajenación especial por cuanto con el recurso de reposición se aportó la ampliación del dictamen acreditando el riesgo de deterioro. Adicionalmente recordó que si bien no se exige autorización previa del Despacho, el contrato puede ser objetado. #Liquidaciónjudicial #Enajenaciónespecial #Dictamen #Reposición Susana Hidvegi Arango Paula Betancourt Claudia Torres Montaño Jaime González Pacheco